Residencia No Lucrativa
Las personas que no sean ciudadanos de algún estado miembro de la Comunidad Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión, que quieran residir en España tienen que seguir otros pasos:
Lo primero es demostrar que tiene medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Las personas que no sean ciudadanos de algún estado miembro de la Comunidad Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión, que quieran residir en España tienen que seguir otros pasos:
Lo primero es demostrar que tiene medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Las personas que no sean ciudadanos de algún estado miembro de la Comunidad Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión, que quieran residir en España tienen que seguir otros pasos:
Lo primero es demostrar que tiene medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Para su sostenimiento el 400 % del IPREM (2023), que asciende a 2.400 euros mensual, es decir, 33.600 euros anuales en computo de 14 meses.
Tener al pasaporte con vigencia de por lo menos 1 año.
Carecer de antecedentes penales en España y en sus países donde ha residido en los últimos 5 años.
Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares (conyugues e hijos menores de 18 años), el 100% del IPREM que asciende a 600 euros mensuales, es decir, 8.400 € euros anuales en computo de 14 meses.
No encontrarse irregularmente en territorio español.
No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.